Notificaciones Requeridas por la Ley
La Ley de Prevención de Abuso de Quiebra y Protección al Consumidor requiere que una vez usted reciba servicios en relación a una quiebra reciba varias notificaciones. Aquí incluimos traducciones no oficiales de dichas notificaciones.
- Notificación a individuos deudores consumidores bajo la sección 342(b). (Ver PDF)
- Notificación ordenada por la sección 527(a)(2): Notificación de declaración mandatoria a consumidores que contemplan la radicación de quiebra. (Ver PDF)
- Declaración requerida por la sección 527(b): Información Importante sobre los servicios de asistencia de quiebra por abogados o preparadores de peticiones de quiebra. (Ver PDF)